El pasado 22 de febrero del año en curso, escasos cinco días después de que Koen Lenaertsel, a la sazón Presidente del TJUE, se reuniera en la sede del TS con Carlos Lesmes, su homólogo en dicho órgano, el Alto Tribunal español dictó un Auto por el que planteaba tres cuestiones prejudiciales al TJUE en relación a los efectos que debe tener la declaración, de conformidad con el Derecho de consumo, y especialmente la Directiva 93/13/CEE, de la abusividad de una cláusula de fijación de un interés de demora en contratos de préstamo. Pregunta en concreto el TS lo siguiente: 1ª) Los artículos 3, en relación con el anexo 1.e, y 4.1 de la Directiva 93/13/CEE, ¿se oponen a una doctrina jurisprudencial que declara que la cláusula de un contrato de préstamo que establece un tipo de interés de demora que suponga un recargo de más de un 2% sobre el tipo del interés remuneratorio anual fijado en el contrato constituye una indemnización desproporcionadamente alta impuesta al consumidor que se ha ret...
Abogado 16.153 del Ilustre Colegio de Abogados de València