La Audiencia Provincial de València en fecha 22/5/2017 ha dictado un Auto en un recurso de apelación en el que se confirma la decisión del Juzgado de Primera Instancia que archivó un procedimiento de ejecución hipotecaria promovido a instancias de BANKIA por considerar abusiva la cláusula que permitía a la entidad bancaria dar por vencido el préstamo ante el impago de todo o parte de alguna de las cuotas. La ejecutante solicitaba la continuación de la ejecución con diversos argumentos entre los que se encontraba la conocida doctrina de la Sentencia del Tribunal Supremo del 23/12/2015 que viene a integrar la nulidad de este tipo de cláusulas permitiendo la continuación de los procedimientos, doctrina que la Audiencia Provincial acaba descartando por considerarla contraria al Derecho de la Unión Europea. Es de notar que otros Tribunales, por ejemplo, en la Región de Murcia, vienen suspendiendo todos los procedimientos de este tipo en espera de que se resuelvan las cuestiones prejudicia
Abogado 16.153 del Ilustre Colegio de Abogados de València