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La desprotección del fiador o avalista bancario

¿Qué entiende un ciudadano lego en Derecho cuando se le propone prestar “aval” o “fianza” en un préstamo? Para responder a esta pregunta podemos ayudarnos del diccionario de la Real Academia Española, que nos da las siguientes definiciones:  Aval:   1. m. Garantía que alguien presta sobre la conducta o cualidades de otra persona. 2. m. Obligación que alguien adquiere de hacer aquello a lo que otra persona se ha comprometido, en caso de incumplimiento . Fianza: 1. f. Cantidad de dinero o bien material que se entrega como garantía del cumplimiento de una obligación. 2. f. Der. aval (‖ obligación). 3. f. Persona que abona a otra para la seguridad de una obligación. 4. f. desus. Cantidad de dinero asignada como renta u otro concepto. Como puede verse, la definición de fianza, en caso de obligaciones, se remite a la del aval, que se refiere a responder por otra persona cuando ésta ha incumplido una obligación . Quien avala, en el común de los casos, entenderá...

¿Es necesario que exista condena para incluirme en un fichero de morosos?

 Sobre esta cuestión fue dictada el pasado 1/3/2016 una Sentencia del Tribunal Supremo, número 114, en la que un particular había demandado a la Entidad NOVACAIXA GALICIA BANCO SA (NCG BANCO SA) como consecuencia de su inclusión en un fichero de morosidad privado (Badexcug-Experian) así como en el fichero administrativo CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España) alegando que la deuda (derivada de una fianza en un préstamo hipotecario) en que se basaba dicha inclusión no había sido objeto de condena en sede judicial y consideraba, en consecuencia, que había existido una intromisión ilegítima en su derecho al honor reclamando una determinada indemnización. La demanda fue desestimada en primera instancia por el Juzgado de Primera Instancia 11 de Oviedo, con expresa imposición de costas a la actora, y recurrida en apelación, la sección quinta de la Audiencia Provincial de Oviedo vino a desestimar también el recurso, imponiendo igualmente las costas a la recurrente. Una ...

La valoració de la prova personal en la segona instància penal

Existeix des de fa molt de temps una problemàtica respecte a la valoració de les declaracions de testimonis (i qualsevol altra prova personal) als judicis penals davant la qual xoquem a sovint els Advocats a l'hora de recórrer les Sentències trobant-nos una doctrina ja molt consolidada que ve a fixar dita valoració com a una facultat pràcticament exclusiva del Jutge o Tribunal que ha presenciat les declaracions, de forma tal que en seu de recurs, que és un tràmit escrit, es ve a confirmar reiteradament la particular visió continguda a la Sentència objecte del recurs, per la impossibilitat del Tribunal "ad quem" de percebre aquells elements del testimoni que necessàriament requereixen la immediació. No obstant això, la citada doctrina té importants precisions que cal posar en valor. I és que, si bé és cert que, com hem dit, hi ha una zona infranquejable per al Tribunal del recurs, també ho és que hi ha una altra zona franca respecte de la qual sí que es podrà pronunci...

7 de octubre de 2020: el día de la prescripción civil

La Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, publicada en el BOE el día 6 de octubre de 2015 y cuya entrada en vigor se produjo al día siguiente, vino a modificar el régimen de prescripción de las acciones civiles contenido en el art. 1.964 del Código Civil, el cual había permanecido incólume desde su promulgación en 1.889.  La reforma era de calado puesto que afectaba al régimen general, esto es, a las acciones que no tienen señalado otro plazo específico de prescripción el cual  que venía establecido en quince años . La exposición de motivos de la citada Ley se refería brevemente a esta reforma diciendo que con ella se obtiene un equilibrio entre los intereses del acreedor en la conservación de su pretensión y la necesidad de asegurar un plazo máximo . La reforma se plasmó en la disposición adicional primera de la Ley, que daba al citado precepto la siguiente redacción: Las acciones personales que no tenga...

Algunes dades de l'INE en matèria de Justícia de l'any 2015

El passat 25 de maig del 2017 l'Instituto Nacional de Estadística (INE) va publicar l'edició corresponent al 2017 del seu "Anuario Estadístico de España" el qual conté un apartat dedicat a la Justícia i Seguretat respecte de l'any 2015 i del qual ressaltarem algunes dades.  Respecte al tipus de delinqüència  es varen mantindre els delictes contra el patrimoni al capdavant del nombre d'infraccions penals conegudes per les autoritats, suposant un 77,27% del total, cridant l'atenció que d'estes sols s'arribaren a esclarir un 17,35% , percentatge molt inferior als fets esclarits en relació als delictes contra les persones (segons en nombre d'infraccions conegudes a molta distancia dels anteriors) que es varen situar al 84,54%.  Altra dada destacable és que la població reclusa es va situar en 61.614 persones, dada que suposa una reducció respecte a l'any 2014 del 5,23%. La Comunitat Valenciana comptava amb una mitjana de en...

¿Qué contrato corresponde hacerle a un entrenador de fútbol base?

Cuando un Club de fútbol está interesado en los servicios de un entrenador de fútbol base le puede asaltar la duda de qué tipo de contrato debe suscribirse. Pues bien, el Estatuto de los Trabajadores (en adelante ET), en su art. 2.1.d), establece como relación laboral de carácter especial “la de los deportistas profesionales”, regulándose su régimen legal en el RD 1006/1985, que en su art. 1.dos, define su ámbito de aplicación refiriendo que “son deportistas profesionales, quienes, en virtud de una relación establecida con carácter regular, se dediquen voluntariamente a la práctica del deporte por cuenta y dentro del ámbito de organización de un club o entidad a cambio de una retribución”.  A la vista de cuanto se acaba de decir, ¿puede encajar la figura del entrenador dentro del concepto legal de “deportista profesional”? La respuesta a esa pregunta generó en su momento una polémica jurídica que hoy podemos considerar zanjada, puesto que el Tribunal Supremo viene reiterando desd...

El "desconegut" art. 28 de la Llei d'Assistència Jurídica Gratuïta

Es pot obtindre el benefici de l'assistència jurídica gratuïta i designar un Advocat i Procurador privats de confiança? La resposta es que sí, ja que l'actual art. 28 de la Llei d'Assistència Jurídica Gratuïta (LAJG) disposa que:  Quienes tengan derecho en los términos previstos en esta Ley a la asistencia jurídica gratuita podrán, no obstante lo previsto en el artículo anterior, renunciar expresamente a la designación de abogado y procurador de oficio, nombrando libremente a profesionales de su confianza debiendo constar expresamente este extremo en la solicitud y afectando simultáneamente esta renuncia al abogado y procurador. La renuncia posterior a la designación, que, asimismo, deberá afectar simultáneamente al abogado y procurador designados de oficio, tendrá que ser comunicada expresamente a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita y a los correspondientes Colegios Profesionales y no implicará la pérdida de las demás prestaciones reconocidas en la concesión del ...