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¿Las contradicciones invalidan la declaración de un testigo?

Los debates que suelen generarse en los Tribunales penales, como en cualquier otro orden jurisdiccional, se pueden dividir entre los que afectan a los hechos alegados y la prueba de los mismos, por un lado, y los que se centran en el Derecho aplicable al asunto, por otro. Pues bien, en esta entrada nos vamos a referir a los primeros de ellos, y concretamente, a los que versan sobre uno de los medios de prueba que, con frecuencia, es el que más interpretaciones contradictorias despierta: la personal o testifical.   El debate sobre esta prueba suele centrarse en la credibilidad de la persona que declara. Credibilidad que también podemos considerar desde dos puntos de vista: el  subjetivo,  que tiene en cuenta circunstancias personales de las que puede desprenderse algún tipo de sesgo en la narración de los hechos , y el  objetivo,  que tiene en cuenta los elementos y estructura del propio relato, planteándose aquí, entre otras cuestiones, la posible existencia de...

«Que herede el familiar que más me cuide»

A veces se nos plantea esta cuestión en el Despacho cuando una persona decide ordenar sus últimas voluntades y, por los motivos que considera oportunos, decide diferir la individualización de quién sea su heredero a un momento posterior, por ejemplo, instituyendo al familiar que más le haya cuidado en sus últimos años de vida . En principio, debemos de decir que nuestro Ordenamiento parte de la premisa de que la institución incierta de heredero es nula "salvo que por algún evento pueda resultar cierta" (art. 750 del Código Civil español), no existiendo ningún problema para que dicha institución pueda ser condicional , esto es, a quien cumpla determinadas condiciones preestablecidas por el testador (art. 790 del Código Civil). Por ello, en el caso que nos ocupa, una institución del tipo «instituyo al familiar que más me cuide» es obvio que puede plantear problemas a posteriori a la hora de determinar la persona, pero, en principio, s ería institución de heredero válida por...

Proceso social: nueva aportación anticipada de documental

La reforma operada por la Ley Orgánica 1/2025 ha supuesto una auténtica transformación en la práctica procesal laboral al modificar el artículo 82.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) , alterando el tradicional sistema de aportación de la prueba documental y pericial en el proceso social. Hasta la entrada en vigor de la reforma, la práctica habitual consistía en aportar la documental en el propio acto del juicio. Sin embargo, el nuevo régimen impone ahora la necesidad de realizar una aportación anticipada , en formato electrónico, con una antelación mínima de diez días hábiles antes de la vista. La nueva redacción del artículo 82.5 LRJS dispone: En la citación también se requerirá el previo traslado entre las partes o la aportación anticipada, con diez días de antelación al acto de juicio, de la prueba documental o pericial de que intenten valerse (...). Además, la norma establece un régimen de preclusión probatoria , permitiendo únicamente la aportación extemporá...

Divorcio sin negociación previa: cuando la Ley se aplica de forma automática

La reciente introducción de los llamados MASC (medios adecuados de solución de controversias) a través de la Ley Orgánica 1/2025 ha generado no pocas dudas en la práctica. Una de las más llamativas: ¿es obligatorio intentar negociar antes de presentar cualquier demanda civil, incluso en un divorcio sin conflicto real? Hoy os traigo un Auto de la Audiencia Provincial de Navarra,  nº 335/2025, de 3 de octubre (ECLI: ES:APNA:2025:1353A ) , que ha dado una respuesta clara respecto de la interpretación de la norma: no todo es negociable, y no todo exige negociación previa . El caso: divorcio sin hijos ni bienes El supuesto es sencillo y bastante habitual: Matrimonio sin hijos Régimen económico de separación de bienes Sin bienes comunes que repartir Solicitud de divorcio contencioso por una de las partes El juzgado de primera instancia inadmitió la demanda por no acreditar un intento previo de negociación conforme al artículo 5 de la LO 1/2025. Es decir, aplicó la ley de forma literal: ...

El Fondo de Garantía de Pago de Alimentos

Seguidamente os compartimos información oficial sobre este Fondo ya que, a nuestro juicio, no es muy conocido y puede jugar un papel fundamental en la protección de menores o discapacitados cuyas pensiones de alimentos se vean impagadas. Se trata de un Fondo público a través del cual el Estado garantiza a los menores de edad y a los mayores con discapacidad, el pago de los alimentos reconocidos en resolución judicial o convenio judicialmente aprobado por un Tribunal español, cuando los mismos estén impagados. Su regulación se encuentra en el Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre (BOE de 14 de diciembre de 2007). La ayuda se concreta en una cantidad económica que el Fondo reconoce al titular de los alimentos impagados, adelantándole la pensión alimenticia adeudada (en todo o en parte) por el obligado al pago. BENEFICIARIOS Los españoles y nacionales de Estados miembros de la Unión Europea residentes en España, menores de edad (o mayores con un grado de discapacidad superior al 65%) ...

¿Es válida la "prueba del polígrafo" en los Tribunales españoles?

Es una cuestión que se ha planteado en alguna ocasión en mi Despacho, sobre todo en procedimientos penales, la posibilidad de demostrar la verosimilitud de unas manifestaciones recurriendo a la "prueba del polígrafo" , comúnmente conocida como "detector de mentiras", un método utilizado para medir y registrar varios indicadores fisiológicos como la presión arterial, el pulso, la respiración y la conductividad de la piel mientras una persona responde a una serie de preguntas rastreando cambios fisiológicos en el cuerpo que pueden indicar estrés o nerviosismo . La citada "prueba", si bien podría ser introducida en un procedimiento como una pericial de parte, y al parecer, en algunos procedimientos se ha aceptado, e incluso es una prueba plenamente reconocida en algunos países (1), lo bien cierto es que no tiene aceptación por la Jurisprudencia del Tribunal Supremo , por su dudosa constitucionalidad, ya que podría entenderse que "hurta" al Juez su l...

Audiencia de Valencia: ¿Puede un vecino requerir documentación al Administrador de la Comunidad?

El artículo 20.e de la vigente Ley de Propiedad Horizontal establece que corresponde al Administrador actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad .  De dicho precepto parece desprenderse con claridad que cada uno de los vecinos de la comunidad de propietarios puede solicitar la documentación que estime conveniente al Administrador y éste tendría la obligación de ponerla a su disposición. Pero las cosas no son siempre como parecen. Respecto a lo que son documentos propios de la gestión económica de la comunidad, la jurisprudencia ha venido interpretando la norma citada, de forma tan discutible -a nuestro parecer- como continuada, en el sentido, en resumen, de que el Administrador es un órgano de la comunidad, y no de cada uno de los vecinos, sujeto a la Junta, de forma que sólo previamente a la adopción de algún acuerdo por dicha Junta, se podría solicitar la documentación relativa a los temas a tratar...

Tribunal Constitucional: La revocación de la suspensión de la pena por impago de la responsabilidad civil

Hoy traemos al blog la Sentencia del Tribunal Constitucional número 78 de 2024, de 20 de mayo, que resuelve un caso en el que la parte recurrente en amparo impugna una resolución judicial que había acordado revocar la suspensión de una pena privativa de libertad, revocación que, según lo previsto en el art. 86.1 del Código Penal, se fundamentaba en el impago de la responsabilidad civil conforme al plan que había proporcionado el propio penado, manifestándose que la suspensión se había concedido teniendo en cuenta dicho pago como "conditio sine quae non". Por la defensa se había sostenido que el impago obedecía a una falta de capacidad económica del penado, y se había solicitado que se realizara una averiguación de la solvencia para acreditarlo, alegándose la doctrina constitucional sobre la materia, petición que fue desestimada, entendiéndose por el Juzgado que la mera formulación de la propuesta de pago permitía inferir la capacidad económica suficiente para su cumplimiento,...

La falsedad del documento oficial "por destino"

Siguiendo el art. 390 del Código Penal, la falsedad de un documento puede revestir alguna de las siguientes modalidades: 1ª Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial. 2.ªSimulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad. 3ª Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho. 4ª Faltando a la verdad en la narración de los hechos. Cuando se trata de un documento privado, véase los arts. 395 y 396 del Código Penal, falsificarlo, con excepción de la modalidad 4ª, se castiga con pena de prisión de 6 meses a 2 años, y, por otra parte, hacer uso del documento, a sabiendas de su falsedad, con el objeto de perjudicar a otra persona, o presentarlo en juicio, está penado con la pena inferior en grado. No obstante, hay que tener en cuenta que la falsedad de un documento privado ...

El TJUE resuelve sobre el plazo para reclamar los gastos hipotecarios

En el día de hoy se ha dictado Sentencia del TJUE en el asunto C‑561/21, ECLI:EU:C:2024:362, en el que se viene a resolver una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo español sobre el momento inicial del cómputo del plazo de prescripción para reclamar la devolución de los gastos hipotecarios.  Para quien no siga la polémica jurídica que ha envuelto desde el principio este tipo de reclamaciones, se ha distinguido en esta reclamación, dos acciones, una, la de la nulidad de la cláusula que imponía el pago indiscriminado de los gastos de las operaciones hipotecarias a los consumidores, que se ha considerado, con consenso, como imprescriptible, y otra, la de reclamación de la cantidad concreta pagada como consecuencia de la aplicación de dicha cláusula, que sí tenía un plazo de prescripción. Hubo quien sostuvo que la reclamación de la cantidad era consecuencia directa de la nulidad y que no se trataba de una acción con sustantividad propia, y por lo tanto no había pl...

¿Se puede entrar en prisión directamente en medio abierto?

Anticipamos ya la respuesta:  sí, si se cumplen ciertos requisitos . Hoy traemos al blog una referencia a la Orden de dirección 18/2021 de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que prevé un  mecanismo de ingreso directo en medio abierto en prisión , en los supuestos en los que concurran circunstancias favorables al tercer grado, posibilitando un régimen de vida más acorde al derecho a la reinserción, evitando el contacto con el régimen ordinario, acorde al derecho a la reinserción aminorando el impacto y efecto desocializador que supone el internamiento en un centro penitenciario. REQUISITOS Para el ingreso directo en medio abierto, la persona penada deberá presentar circunstancias favorables que hagan presumir su capacidad de vivir en un régimen de semilibertad por concurrir favorablemente las variables intervinientes en el proceso de clasificación. Con tal finalidad, deberán valorarse las siguientes circunstancias:  1. Presentación voluntaria. ...

Audiencia de Valencia: ¿Debo pagar las costas de la ejecución si tengo justicia gratuita?

El beneficiario de la justicia gratuita, como norma general, no está obligado a abonar las costas procesales a que haya sido condenado judicialmente, salvo en el caso de que dentro del plazo de los tres años siguientes venga a mejor fortuna, y sea así declarado por la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Así lo dispone el art. 36.2 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que, en su texto vigente a día de hoy, establece lo siguiente: Cuando en la resolución que ponga fin al proceso fuera condenado en costas quien hubiera obtenido el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita o quien lo tuviera legalmente reconocido, éste quedará obligado a pagar las causadas en su defensa y las de la parte contraria, si dentro de los tres años siguientes a la terminación del proceso viniere a mejor fortuna, quedando mientras tanto interrumpida la prescripción del artículo 1.967 del Código Civil. Se presume que ha venido a mejor fortuna cuando sus ingresos y recursos económicos p...

Salta la "sorpresa" con la comisión de apertura

Ya lo habíamos avanzado, la Sentencia del TJUE de 16 de marzo de 2023, dictada en el asunto C-565/21, que respondía a una petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo respecto a las comisiones de apertura, tenía letra pequeña, y no era tan favorable para los consumidores como parecía, a juzgar por las noticias que aparecieron en la prensa no especializada en dicho momento. Sí, es cierto que el TJUE consideró que la comisión de apertura no formaba parte del precio y que por lo tanto procedía efectuar un juicio de abusividad, pero también lo es que resultaba bastante favorable a considerar "a primera vista" como no abusivas este tipo de cláusulas, dando un espaldarazo a la posición del Alto Tribunal español. Pues bien, el pasado 29 de mayo de 2023 se ha dictado la primera Sentencia del Tribunal Supremo que decide sobre esta cuestión tras la Sentencia del TJUE, se trata de la Sentencia 816/2023, en la que se viene a considerar esta cláusula como transparent...

El orden de la herencia sin testamento o abintestato

Cuando una persona fallece sin otorgar testamento , o concurren otras circunstancias, como por ejemplo, que el testamento sea declarado nulo (véase el art. 912 del Código Civil), tiene lugar lo que se llama sucesión intestada, también llamada abintestato o legítima , esto es, aquella en la que es la Ley la que determina las personas y el orden en que han de suceder al causante. Antes de nada a efectos hereditarios es necesario distinguir entre los diferentes tipos de parentesco, pudiendo distinguir la línea recta , que es la que une a las personas que descienden unas de otras , y la colateral , que son los que, sin descender unas de otras, sí tienen un pariente común en el árbol genealógico. En estas líneas se cuenta el parentesco por grados, que son las generaciones existentes entre dos personas. Para saber los grados en línea recta hay que remontarse hasta el descendiente o ascendiente, por ejemplo, el hijo está a un grado del padre, y el nieto a dos grados del abuelo. Y para sabe...

La letra pequeña de la última Sentencia del TJUE sobre la comisión de apertura

El pasado 16 de marzo de 2023 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó la Sentencia del asunto C-565/21, que tenía por objeto una petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo español en relación a la comisión de apertura en los préstamos bancarios, basándose en que la dictada en el asunto C-224/19 y C-259/19 adolecía del hecho de que no había sido correctamente presentada la jurisprudencia del Tribunal Supremo por el órgano consultante.  Por parte de un sector de la prensa (no especializada) se ha interpretado esta Sentencia como un revés a la doctrina del Tribunal Supremo en la materia por cuanto ésta venía interpretando que la comisión de apertura formaba parte del contenido esencial del contrato y, por lo tanto, no podía ser objeto de un juicio de abusividad por lo dispuesto en el art. 4.2 de la Directiva 93/13. No obstante, entiendo que es una conclusión inexacta. Sí que es cierto que el TJUE considera esa jurisprudencia como contraria al citado a...

Cuestiones sobre costas procesales (I)

En esta entrada vamos a dar respuesta a dos cuestiones que se pueden plantear en la práctica. Esperamos ir ampliando la información en próximas entradas: 1.- ¿Qué plazo hay para solicitar la tasación de costas? El plazo según la doctrina del Tribunal Supremo es el mismo que el de la acción ejecutiva, esto es, cinco años desde que la resolución que condena en costas adquiere firmeza. En este sentido, en el Auto del Tribunal Supremo, de 1 de junio de 2010, ECLI:ES:TS:2010:7529A, ya se decía lo siguiente: Formulada la impugnación en tales términos y reconociendo la discrepancia existente tanto en la doctrina como en la jurisprudencia de las Audiencias, cabe decir que, si bien con anterioridad a la entrada en vigor de la actual Ley de Enjuiciamiento Civil el plazo de prescripción de la acción para reclamar la cantidad correspondiente era el previsto en el art. 1964 CC, de quince años (STS de 9 de febrero de 1998, recurso nº 1671/1990) al entender que se pretendía el cumplimiento de una obl...

¿Se debe demandar a la empresa usuaria en el despido de un trabajador contratado por ETT?

Se trata de una cuestión de legitimación pasiva en el procedimiento laboral y que no es extraña ver planteada en los Tribunales, puesto que, generalmente por la empresa usuaria se alega no tener relación contractual directa con el trabajador por lo que se formula una excepción de falta de legitimación cuando la cesión del trabajador se ha efectuado legalmente .  No obstante, siendo cierto lo anterior, la empresa usuaria sí tiene responsabilidad respecto al pago de la indemnización que pudiera corresponder al trabajador en caso de que le sea estimada la demanda de impugnación del despido, y ello es así porque se establece legalmente dicha responsabilidad en el art. 16.3 de la Ley 14/1994 , de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, que textualmente dispone, a día de hoy, lo siguiente: La empresa usuaria responderá subsidiariamente de las obligaciones salariales y de Seguridad Social contraídas con el trabajador durante la vigencia del contrato ...

¿Me puedo deducir en el IRPF del autónomo la compra de un automóvil?

En primer lugar hemos de recordar los requisitos generales que se exigen para la deducibilidad de cualquier gasto en el IRPF , y a este respecto, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), tiene establecido, en resoluciones, entre otras la 00/846/2007 de 10/07 /2008 y la 00/1682/2006 de 12/06/2008, que:  Los requisitos fundamentales para permitir la deducción de un gasto son:  1) La justificación documental de la anotación contable.  2) La contabilización del gasto.  3) Su imputación a la base imponible en el ejercicio de su procedencia.  4) El gasto e ingreso estén directamente relacionados , esto es, que el gasto esté orientado o dirigido a la obtención de ingresos.  5) El gasto sea real , es decir, se corresponde con una operación efectivamente realizada. En cuanto a los vehículos, ya adelantamos que el problema que suele darse es el de su afectación a la actividad económica , puesto que en muchos casos, se exigirá que el uso en dicha activi...